domingo, 2 de diciembre de 2012

La espiritualidad y el miedo a nuestros semejantes



   
El apego a la espiritualidad y al idealismo intentan disminuir el temor a ser depredados por nuestros semejantes.

Mi único libro de cabecera es el Diccionario de la Real Academia Española.

No vayáis a pensar que creo en él. Lo que ocurre es que solo quiero comunicarme con ustedes y ese libro me hace pensar que si yo utilizo las palabras con un significado que podamos compartir, las posibilidades de que nos entendamos serán mayores.

Que aumenten las posibilidades de que nos entendamos no quiere decir que esto ocurra. Los seres humanos apenas podemos entendernos porque, quien más quien menos, tiene en su interior un orador provisto de unos equipos de amplificación tan ensordecedores que casi no nos dejan oír lo que se nos dice de afuera.

La educación que tratamos de recibir consiste fundamentalmente en ir bajándole el volumen a ese mega espectáculo que ocurre en nuestra psiquis.

Los humanos tenemos más confianza en nosotros que en los demás. Nosotros no pasamos de «comernos las uñas» y algún otro producto orgánico autocultivado, pero los otros, esos que están ahí afuera de mí, son capaces de matarme y devorarme.

Por este temor es que no quiero ser «rico». No ser «rico» es un elemento más que usamos para disuadir a nuestros depredadores naturales (otros humanos).

Ser «rico» significa tanto ser deliciosos como dueños de una fortuna de valor económico.

En este sentido es lógico deducir que el dinero o cualquier otro elemento económicamente valioso, constituyen saborizantes, condimentos, aderezos, adobos, salazones.

En nuestro temor por ser devorados (robados, esquilmados, estafados, chantajeados, defraudados y demás «molestias» afines), establecemos como recomendación cultural, abandonar el consumo de carnes, amar la dieta vegetariana. No queremos ser ricos, no queremos ser comidos ni siquiera en las tan difundidas y especiales circunstancias de La Tragedia de los Andes.

Algunas menciones del concepto «La Tragedia de los Andes»:

     
(Este es el Artículo Nº 1.742)

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