lunes, 5 de noviembre de 2012

Clientes y empleadores «hijos de puta»



   
Si «diagnosticamos» a otro como «hijo de puta», intentaremos atacarlo para modificarle la mezquindad que presuntamente heredó de la madre.

Existe la creencia generalizada en que las prostitutas gozan mientras trabajan.  Hasta donde sé, esto es cierto: gozan tanto como gozan otros trabajadores que no están en la tarea equivocada para su vocación, gusto y talento.

También existe la creencia generalizada en que las trabajadoras sexuales, por el hecho de «gozar mientras trabajan», tienen un pésimo desempeño como madres, porque «es sabido» (¿?) que las madres son ejemplares si, y solo «si», se sacrifican por sus hijos, si priorizan las responsabilidades hogareñas por sobre sus propias aspiraciones y si satisfacen estrictamente las necesidades de sus hijos.

En otras palabras: una buena madre debe ser abnegada, sacrificada y preferentemente mártir, esclava de sus hijos y, si quiere ganar más aprobación, sumisa con su marido.

Con estas creencias infectando el cerebro popular, solemos llegar a una conclusión que dificulta un satisfactorio entendimiento con los empleadores y clientes.

Recordemos, antes de continuar, que es de los empleadores y de los clientes de quienes obtendremos el dinero necesario para solventar nuestros gastos, en caso de no dedicarnos al robo de bancos y demás profesiones afines.

La confusión que suele originarse entre los roles de «empleadores o clientes» y «nuestra madre» (pues ambos nos proveen de lo que necesitamos), puede llevarnos a pensar que nuestros clientes o empleadores son unos «hijos de puta» porque solo una prostituta es tan egoísta (goza, disfruta, no es abnegada) como para criar a estos (clientes o empleadores) que me exigen algo (trabajo, mercadería, puntualidad, etc.) para darme su dinero (sueldo, precio, honorarios).

Por lo tanto, si «diagnosticamos» a otro como «hijo de puta», intentaremos atacarlo para modificarle la mezquindad (avaricia, egoísmo, amarretismo, codicia) que presuntamente heredó de la madre.

 
(Este es el Artículo Nº 1.705)

La corrupción de los funcionarios públicos



   
Los humanos conocemos y defendemos muy bien nuestra propiedad privada, pero desconocemos y nos importa muy poco la propiedad ajena.

La corrupción puede ser pública o privada. Quizá convenga reconocer que es la corrupción pública la única que nos llama la atención y que eleva nuestra presión arterial, especialmente cuando sentimos que no podemos evitarla, denunciarla, corregirla, moderarla.

La corrupción privada parece circunscripta a un pequeño grupo de personas que tienen problemas entre ellos, por ejemplo, los trabajadores que roban mercadería, los directivos que se estafan mutuamente, el uso de las instalaciones para beneficio personal.

En los artículos diarios que refieren a la pobreza patológica hago especial hincapié en las dificultades psicológicas que podrían afectar a los pobres patológicos, considerando que son ellos quienes tienen que modificar en algo su desempeño para poder erradicar de sus vidas esa escasez de bienes materiales que los mantienen con una calidad de vida inferior a la que desean.

Esta especialización en los problemas personales de los pobres patológicos queda justificada porque absolutamente todos los intentos que se hacen desde hace siglos, siempre prestan atención a la política económica de los pueblos. Opino que si un cierto punto de vista no da resultado durante siglos, sería prudente cambiarlo: por eso no pienso en asuntos macroeconómicos sino en asuntos microeconómicos (del individuo) y aplicando herramientas teóricas del psicoanálisis, lo cual nunca se había hecho hasta ahora.

Debo reconocer que la corrupción entre los funcionarios públicos es un hecho detestable pero si hace milenios que no cambia (como tampoco cambia la mala distribución de la riqueza), es porque lo que nos molesta no es la transgresión legal y moral sino nuestra envidia.

Aunque parezca extraño, los humanos conocemos y defendemos muy bien nuestra propiedad privada, pero desconocemos y nos importa muy poco la propiedad ajena.

Otras menciones del concepto «corrupción»:

                     
(Este es el Artículo Nº 1.701)

El realismo de la homofobia



   
La homofobia masculina se explicaría porque es real que ellos pueden ser seducidos por la actitud femenina de otro varón.

Las acciones, actitudes, ideologías extremistas inevitablemente hacen pensar en una simulación.

El radicalismo suele encubrir un intento desesperado por ocultar o evitar la situación contraria.

Como ven, digo «hacen pensar» y «suelen encubrir», lo cual no constituyen afirmaciones terminantes. Solamente agregan una posibilidad, un indicio, una señal que puede o NO terminar en una confirmación.

Por ejemplo, la furia que se desata contra los ladrones, PROBABLEMENTE (no seguramente) denota que los iracundos temen ferozmente caer en la tentación de robar. La acciones exageradas, (linchamiento, amputación, muerte), podrían sugerir que los justicieros tienen un apego a la honestidad muy precario.

También podemos imaginar lo mismo de quienes combaten despiadadamente a los homosexuales.

En este caso hay algo más para agregar, además de la mencionada actitud reactiva ante los propios deseos inconfesados.

En varios artículos he mencionado que es la mujer la que seduce al varón que ella prefiere para padre de sus hijos (1).

En otros artículos también he mencionado a las acciones performativas (2), es decir, aquellas que erigen al objeto al mismo tiempo que se lo invoca (denomina, invoca, llama, bautiza), por ejemplo, cuando el médico enuncia «varón» después de observar los genitales del recién nacido, está condicionando la opción sexual del pequeño, lo cual no siempre termina ocurriendo en los hechos.

Con estos elementos, es posible proponer que los varones que padecen homofobia intuyen estos conceptos y su temor radica en que si un gay los convoca con actitud femenina, el homofóbico «sabe» (supone) que no podrá eludir ese llamado y que se convertirá en partenaire (compañero, pareja) de un homosexual, es decir, se convertirá en otro homosexual.

En suma: el temor del homofóbico, teóricamente, es realista.

     

       
(Este es el Artículo Nº 1.716)

Las disciplinas artísticas para conquistar dinero



   
Ganar dinero parece depender del arte de la estrategia y del arte de la táctica, desarrollados con disciplina.

Encaremos una brevísima descripción de cuáles serían las acciones adecuadas para lograr el objetivo de «conseguir el dinero necesario para solventar mis gastos».

Como en este caso pensaré con mentalidad militar, mi proyecto quedará expresados en términos de «conquistar el dinero necesario para solventar mis gastos».

Si tengo que «conquistar» el dinero es porque actualmente no está en mi poder.

También debo suponer que los tenedores de ese dinero, lo cuidan y solo lo entregarán bajo ciertas circunstancias y no en otras.

Tendré en cuenta que, dada mi actual situación de poder, no podré usar métodos ni violentos ni ilegales.

Esto reduce mis posibilidades de conseguir el dinero que ellos tienen al canje, o sea que tendré que darles algo para que ellos me den ese dinero que necesito «conquistar».

En este estado de cosas, comenzaré a estudiar qué necesitan, qué desean, qué no tienen, qué podrían llegar a necesitar o desear sin que aun se hayan enterado (me refiero a innovaciones, nuevas ideas, alternativas).

Esta primera etapa, posterior a la definición del objetivo, («conquistar el dinero...»), incluye las tareas que militarmente pertenecen a la estrategia (1), es decir, «el arte de dirigir la ‘conquista’ del dinero».

Cuando dé por suficientemente estudiado qué debo hacer para «conquistar» el dinero necesario, pondré manos a la obra de tal forma que cada acción concreta a ejecutar ante quienes tienen el dinero que necesito, sea eficaz y no sea contraproducente.

Tendré que actuar con mucho tacto, deberé ser habilidoso, inteligente, sutil, ordenado, coherente, diplomático, inspirar confianza, seducir. Porque deberé actuar con mucho tacto es que aplicaré el arte bélico de la táctica (2).

En suma: La palabra clave para «conquistar» el objetivo parece ser «disciplina»

   


La venganza como única indemnización posible



   
Por ahora nuestra cultura sólo puede «hacer justicia» apaciguando los deseos de venganza de las víctimas contra los victimarios.

Les planteo un razonamiento en el que participan el dinero, el delito y la venganza...en su versión legal, esto es: la administración de justicia.

El objetivo de este artículo es ver al dinero desde otro punto de vista y el objetivo de este objetivo es procurar comprender mejor a este instrumento de la economía que por un motivo u otro nos perturba, nos pone nerviosos, nos causa incertidumbre, a veces también sentimientos de culpa, sin dejar de mencionar que por su ausencia nuestra calidad de vida suele descender de forma preocupante.

Imaginemos que un hombre, casado y con dos hijos, es asesinado por un delincuente. Quienes se especializan en conseguir pruebas e identificar al responsable de dicho crimen están seguros de que la persona que tienen detenida es el único responsable de esa tragedia.

La viuda y los dos huérfanos de padre, no solamente sufren la pérdida irreparable de este ser querido sino que también sufren las consecuencias económicas resultantes de haber perdido los ingresos que aportaba.

A partir de este infortunio ocurrido entre ciudadanos de un mismo país, la administración de justicia inicia su proceso de reparación, de indemnización, procurando que la pérdida por todo concepto que provocó el delincuente sea completamente resarcida.

Como podemos observar, nada podrá hacerse para recuperar a quien murió. Por lo tanto, en nuestra cultura, las acciones se limitarán a indemnizar a los familiares evaluando hasta qué punto el homicida puede ser vengativamente castigado.

En otras palabras: en casos como este, parecería ser que los integrantes de la sociedad solo podemos encarcelar al delincuente (castigarlo) de tal forma que los deseos de venganza de las víctimas y del resto de la sociedad queden suficientemente apaciguados.

Algunas menciones del concepto «venganza»:

     
(Este es el Artículo Nº 1.716)